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miércoles, 22 de octubre de 2008

Confort y condiciones ambientales en edificios y locales

El confort y la calidad del ambiente interior puede variar si se contempla la posibilidad de que en los edificios y los locales concebidos para un uso se generen nuevos riesgos al modificar las características del local, como por ejemplo, al levantar tabiques o modificar otros elementos. En muchas ocasiones, al modificar la actividad o introducir nuevos procesos de trabajo, mobiliario nuevo, al cambiar las maquinarias o la tecnología, al modificar la organización del trabajo (o al aumentar el número de personas), etc., se están introduciendo cambios que afectan las condiciones de salud y seguridad de los locales ya existentes.

En cualquiera de estos dos casos, pueden haber quedado obsoletas las instalaciones del sistema de ventilación y climatización de aire dispuestas. Pues al modificarse la estructura física del lugar de trabajo se debe diseñar de nuevo el sistema de ventilación y climatización de aire , las condiciones en que trabaja y se revisa, la compartimentación del edificio, la presencia de fuentes contaminantes interiores (nivel de ocupación, materiales de construcción, mantenimiento del edificio incluyendo su limpieza y desinfección) y su magnitud. También la contaminación exterior influye relacionada con el entorno, con la actividad humana y por las tomas del sistema de renovación de aire exterior.

Tal y cómo nombramos anteriormente, el artículo 7 del REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, establece las condiciones ambientales de los lugares de trabajo y, en particular, las condiciones termohigrométricas de los lugares de trabajo, y en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores.


Acceso: Consultoría Prevención Riesgos Laborales , Servicio Prevención Ajeno
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