e-riesgoslaborales.com

sábado, 7 de febrero de 2009

¿Que es un Servicio de Prevencion Ajeno?


Según se indica en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario en cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales deberá llevar a cabo la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas. Para ello dispone de varias modalidades:
  • Asumiendo personalmente tal actividad.
  • Designando a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo.
  • Constituyendo un servicio de prevención propio.
  • Recurriendo a un servicio de prevención ajeno.

Los Servicios de Prevención Ajenos (SPA) son empresas especializadas en el área de prevención de riesgos laborales que ofrecen a otras empresas sus servicios para el desarrollo de las actividades preventivas exigidas legalmente a estas empresas.

El empresario deberá recurrir a esta modalidad preventiva, cuando se da alguna de las siguientes circunstancias:
- Cuando la designación de uno o varios trabajadores es insuficiente y no existe obligación legal de constituir un servicio de prevención propio.
- En caso de que no se constituya un servicio de prevención propio.
- Cuando el empresario asume tan solo parcialmente las funciones preventivas.


Acceso: Consultoría Prevención Riesgos Laborales , Servicio Prevención Ajeno
Technorati Profile Clicky Web Analytics