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viernes, 14 de noviembre de 2008

Evaluacion de riesgos a fibras de amianto



La evaluación de riesgos por exposición a fibras de amianto es una obligatoriedad para los empresarios tal y como se recoge en el El RD 396/2006.

En relación a la misma es necesario tener claro los siguientes aspectos:

- ¿ Cuando es obligatorio realizar una evaluación (muestreo ambiental) de fibras de amianto?: Según establece el RD 396/2006 será necesario realizar una evaluación para todo tipo de actividad que pueda presentar un riesgo de exposición al amianto o a materiales que lo contengan.

- ¿Cúal es la metodología a aplicar para realizar una evaluación de riesgos a amianto?. Si bien este punto lo desarrollaremos más detenidamente en posteriores post, podemos avanzar que la sistemática a realizar será el llevar a cabo un muestreo ambiental de fibras de amianto. El objeto de esta fase será el conocer que cantidad de fibras de amianto hay en el ambiente de trabajo a analizar.

- ¿Que valor de referencia hay que utilizar?. El RD 396/2006 establece un valor límite ambiental de fibras de amianto de de 0,1 fibras por centímetro cúbico medidas como una media ponderada en el tiempo para un período de ocho horas. Como no podía ser de otro modo, dada la peligrosidad del amianto, aunque no los niveles no se superen es necesario igualmente el mantener las máximas precauciones a la hora de los trabajos que se apliquen. Debe tratarse en cualquier caso que la exposición que perciba el trabajador sea la menor posible.

Acceso: Consultoría Prevención Riesgos Laborales , Servicio Prevención Ajeno
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